Actualmente se reconoce la figura del teletrabajo en el derecho chileno a través de la ley n°19.759 del año 2001. Sin embargo, el 24 de marzo del presente año se promulga la ley 21.220, la cual modifica el código del trabajo en materia de trabajo a distancia.
Este se denomina teletrabajo si los servicios son prestados mediante la utilización de objetos o medios tecnológicos y consiste en que el trabajador entrega sus servicios, ya sea total o parcial directamente desde su domicilio u otro lugar de la empresa. El teletrabajo, al igual que el trabajo común y corriente desde los establecimientos, está sujeto a reglas generales de jornada de trabajo, con modalidades y excepciones especiales. Puede abarcar todo o parte de la jornada laboral, así como también combinar tiempos de trabajo presencial y fuera de las instalaciones de la empresa.
Cabe destacar que las partes pueden acordar que el trabajador quede excluido de las limitaciones de jornada de trabajo de 45 horas semanales. El pacto no puede implicar menoscabo de los derechos reconocidos en el código del trabajo, en especial, su remuneración. También se debe determinar el lugar donde el trabajador prestará los servicios y estas se llevarán a cabo de forma mixta o solo teletrabajo.
Es importante acordar en el nuevo contrato que le realizara el empleador para desempeñar su tarea en modo teletrabajo, que ambas partes lleguen a un acuerdo en cuanto a las modalidades de trabajo a distancia, además de considerar el lugar en el que se prestara los servicios y el periodo de duración del acuerdo del teletrabajo, el que puede ser indefinido o por un tiempo determinado. Finalmente se deben aclarar los mecanismos de control que utilizara el empleador y el tiempo de desconexión.
Siguiendo esta línea, la situación de salubridad producto del coronavirus ha llevado a implementar el teletrabajo como una herramienta principal y útil para que los trabajadores no salgan de sus hogares y no se expongan a riesgos de contagios, sin embargo, al ser una modalidad que se comenzó a implementar hace poco para algunos, no se conocen los resguardos necesarios a considerar dentro del hogar para evitar actividades de riesgos tanto físicos como emocionales.

A continuación, te entregamos algunas recomendaciones ergonómicas si estar realizando teletrabajo
Postura:

- Evita mantener los antebrazos y muñecas en el aire sin ningún tipo de apoyo al utilizar el techado y/o mouse.
- Apoya la espalda totalmente al sentarte. Es ideal que la silla pueda ajustarse para brindarte más apoyo, sin embargo, si no es posible, puedes buscar la forma de realizarlo a través de almohadas o cojines.
- El computador debe estar ubicado a una altura que te permita mirar de frente sin forzar el cuello, también es importante evitar lugares con mucha iluminación para no generar reflejos en la pantalla y regular el brillo del computador para no generar
- Asegúrate de que tus pies estén bien posicionados sobre el suelo (puedes utilizar apoya pies).
Ambiente:
- Utiliza cortinas que impidan el paso excesivo de luz (en caso de mucha iluminación)
- Mantener ventanas y puertas abiertas para tener buena ventilación.
- Procura dejar espacio libre entre la mesa, donde está posicionado el computador, y tus piernas, para que puedas moverte libremente.
- Deja todas las herramientas que utilizaras durante el día en el escritorio ubicados a una distancia cómoda para así evitar posturas forzadas.
Tiempo:
- Sabemos que al trabajar podemos estar frente al computador durante largas horas, es por eso por lo que es importante realizar algunas pausas de 5 a 10 minutos por cada hora de trabajo. Además, es importante realizar estiramientos de todo el cuerpo, de esta manera podrás inducir relajación para disminuir estrés, tensiones y prevenir lesiones musculares. Idealmente estirar cada grupo muscular suavemente durante 15 a 30 segundos.
Recuerda que tu salud y bienestar es muy importante, antes de realizar cualquier trabajo debes darte un tiempo para ti mismo/a.